El ICA Y LA MOVILIZACIÓN DE MADERA
Medellín, jeves 3 de agosto de 2006
Doctor
Didier Chavarriaga H.
Programa Protección Fitosanitaria Forestal
ICA
Estimado Dr. Didier:
Estamos muy preocupados con las medidas transitorias y, probablemente definitivas, que pueda tomar el ICA en el tema de movilización de madera proveniente de plantaciones productoras forestales. Como es de su conocimiento, Colombia era, y creo que el único país, que exigía el famoso salvoconducto de movilización. Este innecesario, costoso y traumático documento fue suprimido por la Ley General Forestal, afortunadamente. La Ley fue muy clara en el tema de “libre aprovechamiento y movilización” para una eficiente y ágil gestión privada o pública de inversión y operación.
La licencia fitosanitaria se exige para prevenir la diseminación de epidemias debidamente probadas, tales como peste porcina en cerdos, fiebre aftosa en bovinos y encefalitis equina en caballares. A mi juicio no debe exigirse para madera por el sólo hecho de presunción de plagas y enfermedades de tipo general o endémicas, si existieren. Es interesante preguntarnos: ¿si no se exigía antes, porque hoy, ante la vigencia de la nueva Ley, se va a exigir?, ¿Qué efectos prácticos y legales trae esta decisión?, ¿por que no se exige hoy para movilización de banano, café, por citar algunos productos?
Le reitero que el brote de inconformidad y protesta es general en todo el gremio reforestador. Le pido muy comedidamente invitarnos para socializar y enriquecer toda medida de orden legal que pretendan promulgar en materia forestal con fundamento en la delegación asignada al ICA en el Decreto 2300 de 2006. Estamos dispuestos, sin ninguna limitación y con la mejor voluntad, para colaborarles con el fin de lograr el despegue de esta moribunda actividad.
El Ministro Arias conoció de esta intención, hoy realidad, recientemente en Sta Marta y originó de inmediato una llamada a la Oficina Jurídica, efectuada por el hoy Viceministro de Agricultura Fernando Arbeláez, para frenar en el Ministerio la exigencia de licencia sanitaria. Sería prudente una consulta, de parte del ICA, con el Viceministro para analizar el alcance y efecto de esta medida.
FERNANDO BERRIO CALLE
Gerente General
Cipreses de Colombia S.A.
Didier Chavarriaga H.
Programa Protección Fitosanitaria Forestal
ICA
Estimado Dr. Didier:
Estamos muy preocupados con las medidas transitorias y, probablemente definitivas, que pueda tomar el ICA en el tema de movilización de madera proveniente de plantaciones productoras forestales. Como es de su conocimiento, Colombia era, y creo que el único país, que exigía el famoso salvoconducto de movilización. Este innecesario, costoso y traumático documento fue suprimido por la Ley General Forestal, afortunadamente. La Ley fue muy clara en el tema de “libre aprovechamiento y movilización” para una eficiente y ágil gestión privada o pública de inversión y operación.
La licencia fitosanitaria se exige para prevenir la diseminación de epidemias debidamente probadas, tales como peste porcina en cerdos, fiebre aftosa en bovinos y encefalitis equina en caballares. A mi juicio no debe exigirse para madera por el sólo hecho de presunción de plagas y enfermedades de tipo general o endémicas, si existieren. Es interesante preguntarnos: ¿si no se exigía antes, porque hoy, ante la vigencia de la nueva Ley, se va a exigir?, ¿Qué efectos prácticos y legales trae esta decisión?, ¿por que no se exige hoy para movilización de banano, café, por citar algunos productos?
Le reitero que el brote de inconformidad y protesta es general en todo el gremio reforestador. Le pido muy comedidamente invitarnos para socializar y enriquecer toda medida de orden legal que pretendan promulgar en materia forestal con fundamento en la delegación asignada al ICA en el Decreto 2300 de 2006. Estamos dispuestos, sin ninguna limitación y con la mejor voluntad, para colaborarles con el fin de lograr el despegue de esta moribunda actividad.
El Ministro Arias conoció de esta intención, hoy realidad, recientemente en Sta Marta y originó de inmediato una llamada a la Oficina Jurídica, efectuada por el hoy Viceministro de Agricultura Fernando Arbeláez, para frenar en el Ministerio la exigencia de licencia sanitaria. Sería prudente una consulta, de parte del ICA, con el Viceministro para analizar el alcance y efecto de esta medida.
FERNANDO BERRIO CALLE
Gerente General
Cipreses de Colombia S.A.
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